La US Copyright Office acaba de denegar una solicitud de derechos de autor para una obra creada por un algoritmo en el caso de Steve Thaler (“Thaler”).
Stephen L. Thaler, Ph.D. en física, es presidente y CEO en Imagination Engines, Inc. Entre sus logros técnicos más brillantes se pueden destacar sus conclusiones sobre “Cognición, conciencia y creatividad” en los años 80. En este trabajo se recogen las conclusiones después del surgimiento de algunas ideas realmente novedosas derivadas de la experiencia cercana a la muerte de las redes neuronales artificiales. De esta arquitectura de red nació Creativity Machine (Patente de EE. UU. 5.659.666, Patente de EE. UU. 7.454.388). En 1992, Thaler conmocionó al mundo con extraños experimentos en los que las neuronas dentro de las redes neuronales artificiales se destruyeron al azar. Las redes primero revivieron todas sus experiencias (es decir, revisión de vida) y luego, dentro de etapas más avanzadas de destrucción, generaron experiencias novedosas. De esta investigación surgió un modelo matemático convincente de experiencia cercana a la muerte (NDE) y la base de una inteligencia artificial verdaderamente creativa y contemplativa.
El propio Thaler escribió en 2016 (Artificial Intelligence – Visions (Art) of a Dying Synthetic Brain) que una pequeña empresa en una tranquila ciudad del medio oeste ya ha producido sistemas contemplativos similares al cerebro que tienen diez veces más neuronas que el cerebro humano. A partir del mismo, la muerte de una computadora se presenta como un subidón de adrenalina sintética en medio del pánico que produce su inminente desaparición, generando desde entonces una experiencia virtual basada en sus propias neuronas artificiales agonizantes.
Fruto de estas investigaciones y teorías, Creativity Machine crea la obra titulada «A Recent Entrance to Paradise» , presentando Thaler el 3 de noviembre de 2018, una solicitud de registro de derechos de autor sobre la obra. El autor de la obra se identificó como la “Creativity Machine”, y Thaler dejó una nota para las autoridades de la Oficina en la que afirmaba que la misma «fue creada de forma autónoma por un algoritmo informático que se ejecuta en una máquina» y que «pretendía registrar esta obra generada por ordenador como un trabajo por encargo del propio propietario, la «Creativity Machine”. En una carta de 12 de agosto de 2019, un oficial del registro de la Oficina de Derechos de Autor se negó a registrar la reclamación, encontrando que «carece de la autoría humana necesaria para apoyar una reclamación de derechos de autor» (carta inicial de denegación de registro de la US Copyright Office a Ryan Abbott, 12 de agosto de 2019).
La Junta de Revisión de la US Copyright Office ha considerado la segunda solicitud de Steven Thaler .Tras examinar la solicitud, la copia de depósito y la correspondencia pertinente junto con los argumentos de la segunda solicitud de reconsideración, la Junta confirma la denegación del registro de la obra de “Creativity Machine”.
Después de revisar la Obra a la luz de los puntos planteados en la primera solicitud, la Oficina volvió a evaluar las reivindicaciones y concluyó de nuevo que la Obra «carecía de la autoría humana necesaria para sostener una reivindicación de derechos de autor», porque Thaler «no aportó ninguna prueba sobre la suficiente aportación creativa o intervención de un autor humano en la Obra».
La Oficina también declaró que no «abandonaría su interpretación de larga interpretación de la Ley de Derechos de Autor, de la doctrina del Tribunal Supremo y los precedentes judiciales de los tribunales inferiores, de que una de que una obra cumple los requisitos legales y formales de la protección de los derechos de autor sólo si ha sido creada por un autor humano».
En la segunda solicitud de reconsideración, de conformidad con 37 C.F.R. § 202.5(c), Thaler renueva sus argumentos indicando que el requisito de autoría humana demandado por la Oficina es inconstitucional y no está respaldado por la jurisprudencia. Carta de Ryan Abbott a la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (27 de mayo de 2020)
La Junta acepta como cuestión central de la declaración de Thaler que la Obra fue creada autónomamente por la inteligencia artificial sin ninguna contribución creativa de un actor humano: «Como regla general, la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos acepta los hechos declarados en el registro como materiales». Thaler, por tanto, debe aportar pruebas de que la Obra es producto de la autoría humana o convencer a la Oficina de que se aparte de un siglo de jurisprudencia en materia de derechos de autor.
Y considera que no ha hecho ninguna de las dos cosas.
La Junta incide en la cuestión de que los tribunales que interpretan la Ley de Derechos de Autor, incluido el Tribunal Supremo, han limitado la protección de los derechos de autor a las creaciones de los autores humanos. La posición de la Oficina está respaldada por un reciente informe de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) que aborda las cuestiones de propiedad intelectual que plantea la IA.
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